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La guarda y custodia compartida, una realidad cada día más cerca

El pasado verano se aprobó por el Gobierno un Anteproyecto de Ley que modifica el Código Civil y elimina la excepcionalidad que hasta ahora regulaba la custodia compartida.  Modificación que ya se había producido con anterioridad en Cataluña.

El objetivo de esta modificación es conseguir un sistema legal menos rígido y sin las preferencias que hasta ahora se daba hacia la custodia monoparental, hecho que en ocasiones creaba desigualdad entre los padres. Evidentemente, siempre supeditada en beneficio del interés superior del menor.

Así, tras esta modificación el Tribunal Constitucional fijó en su jurisprudencia esta nueva legislación, facultando a los tribunales para tomar esta decisión de establecer la guarda y custodia compartida, sin necesidad de estar vinculados a un informe favorable del Ministerio Fiscal como estaban antes, y siempre que se considerase que es beneficiosa para el menor pasando, por tanto, a que la guarda y custodia compartida sea lo normal y no lo excepcional.

Ahora, en base a lo anterior, el Tribunal Supremo, en su Sentencia nº 758/2013 ha resuelto a favor de un padre que solicitaba el cambio de guarda monoparental a compartida estableciendo que dicho cambio de normativa y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional suponen un cambio de circunstancias extraordinario y sobrevenido que justifica la modificación de la custodia del menor.

Es decir, para que se produzca una modificación en las medidas establecidas en divorcio, entre ellas la guarda y custodia de los menores, la normativa exige que se produzca un cambio sustancial de las circunstancias y que éste sea sobrevenido.  Así pues, esta Sentencia del Tribunal Supremo, establece que, la modificación realizada en el Código Civil y la jurisprudencia creada con ello, puede considerarse como un cambio sustancial en las circunstancias y por ello dar lugar a que se solicite el cambio de una guarda y custodia monoparental a una compartida, abriendo así las puertas a que muchos padres puedan solicitar dicho deseado cambio.

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